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ENTRE RÍOS Y LA AUTONOMÍA MUNICIPAL

Esta provincia mesopotámica, como la provincia de Santa Cruz por ejemplo, no cuenta con esta herramienta que sin dudas con la participación ciudadana daría mas democracia participativa. Por Alejandro Rojo Vivot - Escritor

Opinión 15/12/2022 Alejandro Rojo Vivot - Escritor
Nn69
FOTO: ARV: OSCAR E. VÁZQUEZ LUCIO (SIULNAS). HISTORIA DEL HUMOR GRÁFICO Y ESCRITO EN LA ARGENTINA. TOMO 1. 1801-1939. EU

“El Municipio promueve y celebra convenios con los municipios de la región y con organismos municipales, provinciales, nacionales e Internacionales que permitan resolver, problemas comunes y favorecer el desarrollo equilibrado de la región”. [1]

 

Tinogasta. Carta Orgánica

 

En el Siglo XXI, que haya jurisdicciones en Argentina que constitucionalmente puedan hacerlo y carezcan de sus respectivas cartas orgánica, como es el caso de la Provincia de Entre Ríos, [2] es una cuestión que amerita análisis, debates y acciones al respecto. [3]

Un caso similar es la Provincia de Santa Cruz.

El silencio de las instituciones, incluyendo los partidos políticos, es también un fuerte indicador del problema irresuelto de graves consecuencias en cuanto a la autonomía federal y la calidad de vida de todos los habitantes.

Al respecto es oportuno recordar al político alemán Herbert Ernst Karl Frahm (Willy Brand) [4] (1913-1992) que en 1969 expresó como consigna central de su exitosa gestión gubernamental: “atrevámonos a más democracia”.

Vale tener presente que superando a Juan Manuel de Rosas, Justo José de Urquiza (1801-1870) se mantuvo en el poder casi 30 años que lo finalizó por su magnicidio.

Por otro lado es oportuno recordar que Entre Ríos se desfederalizó el 21 de septiembre de 1860 y 21 junio de 1943 fue intervenida por el Gobierno Nacional conducida por la nefasta dictadura de la época, que acabó en 1946, de la que también incidió el militar y político Juan Domingo Perón incluyendo la persecución de personas por razones de sus ideas y accionar político. Un claro origen fue el clandestino “Grupo de Oficiales Unidos (GOU) integrada por militares con accionar político antidemocrático.

En tal sentido el investigador argentino Antonio Leyes concluyó en un muy interesante e infrecuente trabajo al respecto: “Detrás de la represión, se esconden dos objetivos. Por un lado, la necesidad del gobierno de facto de afirmar su poder a través de prácticas coercitivas. Por otro, un modelo de defensa del orden capitalista, detrás de la ficción nacionalista y de la defensa de la patria, se ataca lo que no es estrictamente ‘argentino’, es decir, subordinado al poder estatal y a su clase dominante”.

Y cita: “La División de Investigaciones de la Policía de esta ciudad, ha proseguido eficazmente con las actuaciones instruidas contra las actividades comunistas que venían desarrollándose hace mucho tiempo dentro de los principales centros principales poblados del territorio de la provincia. La investigación practicada ha dado resultado establecer la instalación de centros del partido comunista en las localidades de Paraná, Basivilbaso, Domínguez, Gualeguaychú, Concordia, Gualeguay y Rosario Tala, los cuales fueron clausurados, incautándose de un nutrido material oral, gráfico, extremista, habiéndose procedido a la detención de numerosos individuos complicados en esta clase de actividades tendenciosos (…) El voluminoso expediente que se ha formado, agrega comprobaciones en las que aparecen estrechamente vinculados con estos elementos partidos políticos como así también algunos de sus principales dirigentes”. (El Censor, 25 de agosto de 1943). [5]

SIN DUDA

La desigualdad social, además de lo negativo que implica en sí misma, es un eficiente indicador de las brechas creadas a lo largo de los años en la población que será 

La desidia y la inoperancia con frecuencia está puesta claramente de manifiesto, incluyendo entre los empleados públicos elegidos electoralmente, con relativamente altos sueldos financiados con el dinero aportado por los contribuyentes.

PASARON MÁS DE DIEZ AÑOS Y NADA DE NADA

“(Paraná) Concejales (…) presentaron un proyecto de resolución de convocatoria de la Convención Municipal para el dictado de la Carta Orgánica de la ciudad”. [6]

ADEMÁS

En 2023 la Provincia de Entre Ríos llevará adelante un censo poblacional cuyos resultados sostendrá la creación de nuevos municipios, [7] de acuerdo a lo establecido en la Constitución.

“Todo centro de población estable de más de mil quinientos habitantes dentro del ejido constituye un municipio, que será gobernado con arreglo a las disposiciones de esta Constitución.

Se asegura autonomía institucional, política, administrativa, económica y financiera a todos los municipios entrerrianos, los que ejercen sus funciones con independencia de todo otro poder. Los municipios con más de diez mil habitantes podrán dictar sus propias cartas orgánicas”. [8]

Así se sumarán a los cinco ya creados por haber superado los 1.500 habitantes. Cabe destacar que hay quienes sostienen que esta política favorece la reelección del Gobernador.

El proceso de institucionalización incluye la conformación de 23 comunas.

Los centros rurales están conformados en tres categorías distintas según la cantidad de habitantes que viven principalmente en forma dispersa. [9]

EN DEFINITIVA

Siendo uno de los principales problemas de Argentina la generalizada pobreza, la falta de trabajo de calidad, la inseguridad, millones de personas dependientes de subsidios para subsistir crónicamente, concentración del poder amañando normas, millones de jubilaciones empobrecidas y de privilegio, corrupción, impunidad, evasión de la administración de Justicia, proyectos políticos con sesgos autoritarios, etcétera, la calidad de la democracia y sus instituciones transparentes es la instancia a seguir con la inteligente y perseverante involucramiento ciudadano.


 
[1] Convención Constituyente. Carta Orgánica. Artículo 26°. Tinogasta, Provincia de Catamarca, Argentina. 3 de octubre de 2005.
[2] 21 municipios están en condiciones de redactar una carta orgánica.
[3] El primer antecedente de la actual Constitución de la Provincia es el “Estatuto Constitucional”, sancionado 16 de junio de 1822.
[4] Así fue ampliamente conocido y es recordado, siendo el seudónimo que empleó por la persecución nazi que sufrió muy particularmente.
[5] Leyes, Antonio. Represión a la izquierda en la provincia argentina de Entre Ríos durante la Revolución de junio, 1943-1945. Sci elo. (Scientific Electronic Library Online). San Pablo, Brasil. 2016.
[6] Anónimo. Paraná: concejales radicales quieren que se cree la Carta Orgánica. Informedigital. Paraná, Provincia de Entre Ríos, Argentina. 23 de febrero de 2012.
[7] Comunas: El Solar (La Paz), Colonia Ensayo (Diamante), Las Cuevas (Diamante), Don Cristóbal II (Nogoyá), Gobernador Sola (Tala), La Clarita (Colón), El Cimarrón (Federal), General Roca (Concordia), Irazusta (Gualeguaychú), San Marcial (Uruguay) y Rincón de Nogoyá (Victoria), y el Centro Rural de Población Lucas Norte (Villaguay).
[8] Asamblea Constituyente. Constitución. Artículos 230° y 231°. Provincia de Entre Ríos, Argentina. 11 de octubre de 2008.
[9] La Provincia está integrada por 17 departamentos: Colón (62.160), Concordia (170.033), Diamante (46.361), Federación (68. 736), Federal (25.863), Feliciano (15.079), Gualeguay (51.883), Gualeguaychú (109.461), Islas del Ibicuy (12.077), La Paz (66.903), Nogoyá (39.026), Paraná (339.930),  San Salvador (17.357), Tala (25.665), Uruguay (100.728), Victoria (35.767) y Villaguay (48965). INDEC. Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas 2010. (Por lo menos a principios de 2023 el gobierno nacional no había difundidos los resultados del muy demorado y costoso Censo 2020 realizado dos años tarde.

Por Alejandro Rojo Vivot - Escritor

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