
Esta provincia mesopotámica, como la provincia de Santa Cruz por ejemplo, no cuenta con esta herramienta que sin dudas con la participación ciudadana daría mas democracia participativa. Por Alejandro Rojo Vivot - Escritor
La historia Argentina tiene varios ejemplos hasta nuestros días, donde la capacitación ciudadana sería clave para mejorar nuestras democracias. Por Alejandro Rojo Vivot - Escritor
General - Opinión 19/01/2023 Alejandro Rojo Vivot - Escritor“El gobierno municipal, garantiza a la comunidad bandeña su plena participación política, económica, cultural, social y garantiza al electorado la vigencia de los sistemas de consulta popular reconocidos en la presente Carta Orgánica”. (1)
Carta Orgánica, La Banda. 1990
Es oportuno recordar que desde 1782 hasta 1814 el actual territorio de la Provincia de Salta fue parte de la Intendencia de Salta del Tucumán, integrando el virreinato del Perú del Imperio de español que se constituyó violentamente asesinado a gran parte de los pueblos originarios, apropiándose de sus recursos y bienes, con el decisivo apoyo de la Iglesia Católica.
UNA RELATIVA LARGA HISTORIA
Esta riquísima Jurisdicción, con extendidas y profundas desigualdades entre sus habitantes, ha llevado adelante distintas modificaciones institucionales como, por caso la Constitución de 1949: “El trabajo en sus diversas formas es un deber del individuo hacia la sociedad (…)”, (2) muy lejos de las actuales expresiones partidarias cabalmente incumplidas.
La última reforma constitucional, con la participación de 60 convencionales, estableció que: “Las Diputadas y los Diputados duran cuatro años en sus funciones y pueden ser reelegidas o reelegidos por un solo período consecutivo. Si han sido reelectos no pueden ser elegidos, sino con el intervalo de un período. La Cámara se constituye por sí misma y se renueva por mitad cada dos años. Cambia el criterio enumerando los dos géneros: electos y electas, elegidos y reelegido, vaya uno a saber porqué.
(…) Las Senadoras y los Senadores duran cuatro años en sus funciones y pueden ser reelegidas o reelegidos por un solo período consecutivo. Si han sido reelectos no pueden ser elegidos, sino con el intervalo de un período. La Cámara se constituye por sí misma y se renueva por mitad cada dos años. (…)”.
"Las Juezas (3) y los Jueces (4) de la Corte de Justicia de Salta son nombrados por el Poder Ejecutivo, previo procedimiento participativo de la ciudadanía establecido por Ley, con acuerdo del Senado prestado en sesión pública. Duran diez años en sus funciones., no pudiendo ser nombrados nuevamente. (…) “Las Magistradas y los Magistrados (5) Inferiores del Poder Judicial cesan en el cargo, indefectiblemente, al obtener la jubilación o el día en que cumplan los 70 años de edad, lo que ocurra primero. (…) (6) (7)
Para ser Intendenta o Intendente se debe tener veinticinco años de edad como mínimo, ser nativa o nativo del Municipio o tener cuatro años de residencia inmediata anterior en él y las demás condiciones para ser Concejala o Concejal. La Intendenta o el Intendente dura cuatro años en sus funciones y puede ser reelegido por un solo período consecutivo. Si ha sido reelecto no puede ser elegido, sino con el intervalo de un período. No pueden ser elegidos por un período inmediato al cese del cargo de Intendenta o Intendente sus parientes hasta el segundo grado, su cónyuge o con quien tenga unión convivencial. Cambia el criterio enumerando los dos géneros: elegidos y reelecto, vaya uno a saber porqué.
La Concejala o el Concejal dura cuatro años en sus funciones y puede ser reelegido por un solo período consecutivo. Si ha sido reelecto no puede ser elegido, sino con el intervalo de un período. Los Concejos Deliberantes que cuenten con al menos siete concejales se renuevan por mitades cada dos años; los que cuenten con menor número se renuevan en su totalidad conjuntamente con la elección de la Intendenta o del Intendente.” (8)
Cabe recordar que en la antedicha Constitución de 1949 estableció: “Cada municipalidad está compuesta por un Departamento Ejecutivo, desempeñado por un ciudadano con título de “Intendente”, y un Departamento Deliberativo, desempeñado por ciudadanos con el título de “Concejal”, acordando que la denominación del cargo es válidamente indistinta según el género. (9)
También es interesante observar que por lo menos en una oportunidad en la redacción definitiva los habitantes en condiciones de votar integrando el cuerpo electoral fueron reemplazados incorrectamente por todos: “Los integrantes de ambas ramas del poder municipal serán elegidos directamente por el pueblo”. (10)
LOS SOBERANOS
En desmedro de la equidad, con alguna frecuencia, la distancia entre la población y los empleados públicos que gobiernan genera mayores posibilidades de que algunos electoralmente se perpetúen en el poder, propicien para su conveniencia el nepotismo, se acreciente la corrupción y la dependencia permanente de los que menos tienen de vivir con subsidios estatales frecuentemente con impronta partidaria, etcétera.
De existir la tan importante capacitación ciudadana será fundamental contribuir extensamente a la crítica comprensión cabal de los textos legales: la democracia saldrá reforzada menguando la nefasta manipulación del electorado, aunque a veces ciertas redacciones poco favorecen a que todos los destinatarios logren incorporarlas conceptualmente sin esfuerzos adicionales, generar controversias legales o ser meandros donde algunos las amañen según sus conveniencias individuales.
La mejor forma de nutrir a la democracia con calidad es el voto responsable luego de analizar las distintas propuestas electorales, los antecedentes de los candidatos y, por lo menos, la alternancia en el poder.
NOTAS Y REFERENCIAS
1) Convencionales Constituyentes. Carta Orgánica. Artículo 4°. La Banda, Provincia de Santiago del Estero, Argentina. 12 de junio de 1990.
2) Convención Constituyente. Constitución. Artículo 45°. Provincia de Salta, Argentina. 1949.
3) No debe confundirse con la antigua práctica de denominar así a la esposa de un juez. De mantenerse el criterio del ser un término ambivalente se puede indicar el sujeto mediante el correspondiente artículo femenino o masculino: la o el.
4) Del latín: iudicis. En español estos términos en plural se escriben con minúscula inicial.
5) Del griego antiguos magistratus. En español estos términos en plural se escriben con minúscula inicial.
6) No están especificados los fundamentos para los distintos criterios en cuanto al límite del retiro laboral según la jerarquía del cargo; bien podría ser la inversa.
7) El empleo de sinónimos en una norma legal puede significar alguna complicación adicional de comprensión para algunas personas destinatarias, sin aparentemente agregar valor significativo. En ambos casos son empleados públicos con funciones específicas y relativamente altos sueldos aportados por los contribuyentes.
8) Convención Constituyente. Constitución. Artículos 95°, párrafo 1), 103°, párrafo 1) y Artículo 156, párrafos 1) y3). Provincia de Salta, Argentina. 21 de diciembre de 2021.
9) Convención Constituyente. Constitución. Artículo 176°. Provincia de Salta, Argentina. 1949.
10) Convención Constituyente. Constitución. Artículo 176°. Provincia de Salta, Argentina. 1949.
Por Alejandro Rojo Vivot - Escritor
Esta provincia mesopotámica, como la provincia de Santa Cruz por ejemplo, no cuenta con esta herramienta que sin dudas con la participación ciudadana daría mas democracia participativa. Por Alejandro Rojo Vivot - Escritor
En esta oportunidad se analiza esta herramienta en esta provincia mediterránea de nuestro país con los detalles que nos da el autor del texto. Por Alejandro Rojo Vivot - Escritor.
Lamentablemente la corrupción esta instalada en nuestras sociedades con distintos protagonistas y, Alejandro Rojo Vivot (1), con ejemplos literarios humorísticos de mas de cien años, nos da un panorama de ayer y hoy. Humor, política y afines CCCXLXVII.
Con la historieta y el humor se puede, nos cuenta Alejandro Rojo Vivot (1), abordar distintos temas sociales cotidianos y con el fútbol como ejemplo. Por eso estamos a tiempo de conocer a “Barrabases” esta gran historieta con mucha historia en Chile. HUMOR, POLÍTICA Y AFINES CCCXLIX.
Se dedicará principalmente a vuelos turísticos y conectará esta localidad con otros destinos cercanos. El avión llegará próximamente y será tripulado por pilotos de El Calafate. Leonardo Fernández Campbell, uno de los socios de Glacier Sky, nos brinda los detalles en esta entrevista.
Considerado como uno de los tesoros más valiosos del país y principal atractivo turístico de la región, este lugar ubicado en la parte sur de Santa Cruz, ofrece una gran variedad de actividades para disfrutar de la naturaleza marina en su estado más puro. VIDEO Y FOTOS
Como cada año y en crecimiento, este domingo se jugó la fase final de estas dos disciplinas donde se entregaron los premios al finalizar todas las finales. TODOS LOS PREMIOS y FOTOS DEL ÚLTIMO DÍA.
La Campaña de Documentación Verano 2023 estará disponible durante los días del festival, con un camión en el que se podrá tramitar DNI y Pasaportes, con la opción Express. Mas información y precios.
Una familia decidió saltar las pasarelas y acercarse a la costa del canal de los témpanos, con el peligro que ello implica ya que, los desprendimientos de hielo en la pared del glaciar Perito Moreno, producen olas que llegan hasta esa zona. Desde una embarcación hicieron sonar la bocina para alertar a los turistas y decirles que se alejen de la zona y regresen a las pasarelas, cosa que finalmente hicieron. (fotos. Juan Raptor)