
Cambian las reglas para despachar equipaje en los micros de larga distancia
Guillermo Pérez Luque


La Secretaría de Transporte de la Nación aprobó un nuevo Régimen de Identificación y Trazabilidad de Equipajes y Encomiendas para el transporte automotor de pasajeros de jurisdicción nacional. La medida quedó establecida mediante la Resolución 4/2026, y reemplaza el sistema vigente desde 2016.
Según se informó oficialmente, el objetivo es simplificar y modernizar los mecanismos de control, permitiendo a las empresas de transporte elegir libremente los dispositivos documentales o tecnológicos que utilicen para identificar el equipaje, siempre que se garantice la seguridad, inviolabilidad y la vinculación inequívoca con el pasajero.
Fin de las fajas obligatorias


Uno de los cambios centrales es la derogación del sistema que exigía el uso de marbetes y fajas físicas con características técnicas predeterminadas. A partir de ahora, los transportistas podrán implementar alternativas como códigos impresos en el pasaje, códigos QR o electrónicos, registros digitales en sistemas de ticketing, etiquetas propias de cada empresa u otros mecanismos verificables de trazabilidad
El nuevo régimen aclara que ningún equipaje podrá ser transportado si no cuenta con algún sistema de identificación, sin que ello genere derecho a compensación para el pasajero.
Encomiendas y servicios internacionales
En el caso de las encomiendas, la normativa permite que sean identificadas mediante códigos o registros digitales, sin obligación de utilizar fajas físicas. Además, se establece que los sistemas elegidos deberán asegurar la interoperabilidad, especialmente en los servicios interjurisdiccionales y en aquellos que se vinculen con países limítrofes.
Las empresas también deberán contar con un sistema de conservación de datos, que permita gestionar reclamos de los usuarios y respaldar el despacho de equipajes y encomiendas.
Fiscalización y plazos
La CNRT será la encargada de fiscalizar el cumplimiento del nuevo régimen, poniendo el foco en la trazabilidad efectiva entre pasajero y equipaje, más allá del tipo de dispositivo utilizado.
Las empresas deberán informar a la Subsecretaría de Transporte Automotor y a la CNRT qué sistema adoptarán, dentro de los 30 días previos a la entrada en vigencia de la norma. En caso de incumplimiento, se prevén sanciones.
La resolución comenzará a regir 60 días después de su publicación, y mantiene vigente el régimen de indemnizaciones por pérdida o daño de equipaje establecido en la resolución 47/1995.






Un fósil patagónico reescribe la historia evolutiva de un enigmático grupo de dinosaurios

Más de 100 voluntarios se sumaron en El Calafate al programa federal de genética

Nueva promoción de Aerolíneas Argentinas con importante descuento: en qué fechas aplica


Alertan que la modificación de la Ley de Glaciares pone en riesgo los ambientes periglaciares del NOA

El Senado aprobó cambios en la Ley de Glaciares y el proyecto pasó a Diputados

Santa Cruz: la Justicia Federal anuló la resolución del SENASA que permitía el ingreso de carne con hueso




