Rige la restricción para circular de 1 a 7 AM

Lo dispone el decreto provincial. Se confirma lo anticipado por AHORA CALAFATE en cuanto a la no restricción de actividades comerciales. El Municipio dispuso como medida extra la práctica deportiva bajo techo con tope hasta 10 personas. Continuará el dispositivo de control en aeropuertos.

Santa Cruz 10/04/2021 Guillermo Pérez Luque Guillermo Pérez Luque
Escudo Calafate Noche

A través del decreto N° 366, la provincia adhiere a las medidas nacionales para mitigar la propagación del coronavirus con vigencia hasta el 30 de abril. Como informó anticipadamente AHORA CALAFATE, el decreto hace énfasis en la restricción de circulación en horario nocturno, recomienda evitar las reuniones sociales mayores a 10 personas, mantiene los controles en accesos terrestres y aéreos y no avanza en restricciones a la actividad comercial y deportiva. 

El decreto dispuso la restricción de circulación entre 01:00 y 07:00 hs en el ámbito la Provincia de Santa Cruz, con excepción de aquellos trabajadores afectados a actividades y servicios esenciales y/o personas autorizadas que por su función deban circular en la franja horaria aquí determinada. 

gabineteProvincia define medidas frente al aumento de casos

En ese sentido quedan exceptuados de la restricción que se establece, el transporte interurbano de pasajeros y el transporte de cargas, mercaderías y/o todo aquel que por su actividad y/o servicio es considerado esencial por la normativa vigente.

En tanto, el horario de ingreso vía terrestre con vehículos particulares por los límites interprovinciales a la jurisdicción provincial, será por los puestos de control policial y sanitarios de 08:00 a 22:00 a los efectos de coordinar los trabajos de prevención y asistencia dispuestos.   

Para la circulación de las personas por fuera del límite de la ciudad, localidad o paraje donde residan, deberá hacerla de modo de transitar por la ruta en horario matutino y vespertino munidos de los “Certificados Único Habilitante para Circulación - Emergencia COVID-19” de orden provincial, que los habilite a tal efecto y la declaración jurada de salud respectiva, emitidos conforme las normas reglamentarias respectivas, a los efectos de control de trazabilidad.

En cuanto al funcionamiento de las actividades económicas, comerciales, industriales y de servicios se deberá cumplimentar estrictamente bajo los protocolos sanitarios aprobados por la autoridad sanitaria provincial. Los locales comerciales y/ o de servicios deberán mantener libre una superficie equivalente del cincuenta por ciento del espacio cubierto, respetando en todo momento el uso de las medidas que implican el distanciamiento social.

Los empleadores y las empleadoras deberán garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas por la autoridad sanitaria para preservar la salud de los trabajadores y las trabajadoras.

Además, se recomienda a la ciudadanía evitar realizar actividades y reuniones sociales en domicilios particulares de más de diez personas por constituir ello una de las principales fuentes de contagio de la COVID-19.

Siguen los controles de accesos a Santa Cruz

El decreto también  dispone la continuidad del “Sistema de Prevención y Asistencia”, vigente desde el 1° de abril, mediante el cual toda persona que ingrese a Santa Cruz deberá contar con un certificado de test de hisopado negativo a su ingreso.

Además, las personas que ingresen a la provincia a través de los aeropuertos de la ciudad de El Calafate y Rio Gallegos deberán contar con un certificado de hisopado negativo -PCR o antígeno- realizado con 48 hs de antelación en la localidad de origen.

Como AHORA CALAFATE  informa en otra nota, en lo que va del mes de abril se realizaron 2260 hisopados en el aeropuerto local, logrando detectar 17 casos positivos.

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En tanto, quienes ingresen a la provincia en vehículo particular o transporte de pasajeros, deberán hacerlo con el certificado de hisopado negativo - PCR - realizado con 72 hs de antelación al ingreso.

Las personas no residentes que ingresen al territorio provincial deberán acreditar cobertura vigente de seguro de asistencia al viajero con cobertura de COVID-19.

MEDIDAS MUNICIPALES

El jueves, Ahora Calafate informó que el decreto que preparaba el Gobierno provincial no tenía previsto restringir actividades comerciales ni deportivas por el momento. Esto finalmente quedó confirmado.

Sin embargo minutos después  el Municipio de El Calafate anunció sus medidas. La gran mayoría similares a las que contiene el decreto provincial, aunque agregó que “Queda permitida toda actividad deportiva en espacios cerrado, que no implique la participación de más de 10 personas”.

De esta manera se le puso topa máximo de participantes a la práctica deportiva bajo techo, algo que el decreto nacional dispuso para las zonas de mayor riesgo epidemiológico, pero que la provincia no incluyó para su jurisdicción.

“En espacios abiertos se podrán realizar todo tipo de deportes sin público”, agrega el anuncio publicado por el Intendente Javier Belloni

Río Gallegos y Caleta Olivia

El Capítulo III, contiene medidas especiales para Río Gallegos y Caleta Olivia como limitar la circulación de personas de acuerdo a la terminación del número de documento nacional de identidad, sólo para el desarrollo de las siguientes actividades a los efectos de prevenir aglomeración de personas:

Concurrencia a Supermercados.

Servicio de retiro o entrega de paquetería.

Concurrencia a Comercios Mayoristas, hipermercados, corralón de materiales.

Modalidad:

1.- Los días del calendario mensual que terminen en cero o par, documentos terminados en cero y números pares.

2.- Los días del calendario mensual que terminen en impar, documentos terminados en números impares.

Se suspende el funcionamiento de casinos, bingos, discotecas y salones de fiesta en el ámbito de las localidades de Río Gallegos y Caleta Olivia. 

 

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