Blindaje Ambiental: Vidal promulgó la ley, pero introdujo algunos cambios

El gobernador promulgó parcialmente la Ley de Blindaje Ambiental, aprobada por unanimidad en la Cámara de Diputados a partir de un proyecto impulsado por el diputado de El Calafate, Carlos Alegría. Si bien ratificó el corazón de la iniciativa, el Ejecutivo vetó uno de sus artículos y propuso una redacción alternativa para otorgar más tiempo y criterios técnicos a la delimitación de las futuras Zonas de Protección Ambiental Especial. Los fundamentos del decreto, al que accedió Ahora Calafate.
Santa Cruz19/07/2026Guillermo Pérez LuqueGuillermo Pérez Luque

Blindaje Glaciares

El Gobierno de Santa Cruz promulgó parcialmente la denominada Ley de Blindaje Ambiental, una iniciativa que modifica la Ley Provincial N° 3123 de Protección de los Ambientes Glaciares y Periglaciares y que había sido aprobada por unanimidad por la Cámara de Diputados el pasado 23 de abril.

La decisión quedó plasmada en el Decreto N° 0498, firmado por el gobernador Claudio Vidal. El texto al que tuvo acceso Ahora Calafate, promulga la mayor parte de la norma bajo el número de Ley 4003, aunque introduce un veto parcial acompañado por una propuesta de redacción alternativa.

Una ley con antecedentes

Como oportunamente informó Ahora Calafate, el proyecto fue presentado por el diputado por pueblo de El Calafate, Carlos Alegría, acompañado por la legisladora Adriana Nieto. Durante su tratamiento legislativo atravesó un momento de incertidumbre y estuvo cerca de ser enviado a archivo antes de llegar finalmente al recinto, donde obtuvo el respaldo unánime de los diputados provinciales.

Glaciar OtoñoDiputado de El Calafate impulsa un “blindaje ambiental”  ante la flexibilización nacional de la Ley de Glaciares

La iniciativa incorporó a la Ley 3123 dos nuevos artículos bajo el concepto de "Blindaje Ambiental Provincial", declarando de interés público provincial los recursos naturales considerados estratégicos, entre ellos los glaciares, el ambiente periglaciar, las cuencas hídricas, los humedales, las áreas naturales protegidas y las zonas de recarga acuífera.

También creó las Zonas de Protección Ambiental Especial (ZPAE), destinadas a preservar ecosistemas estratégicos para la biodiversidad y el equilibrio hídrico de la provincia.

Captura de pantalla 2026-04-23 154329Estuvo a punto de ser pasada a archivo: aprobaron la Ley de Blindaje Ambiental en Santa Cruz

Además, la ley incorporó principios como la autonomía ambiental provincial, la no regresión ambiental y nuevas restricciones para actividades extractivas que puedan afectar esos bienes ambientales estratégicos.

Qué decidió el Ejecutivo

Contrariamente a lo que podría interpretarse a partir del veto parcial, el Gobierno provincial no objetó el espíritu de la norma.

El decreto deja expresamente establecido que la Provincia posee facultades constitucionales para legislar en materia ambiental y considera compatibles con la Constitución Nacional los principios de autonomía ambiental y de no regresión incorporados por la ley. También reconoce la validez del objetivo de ampliar la protección de los recursos naturales estratégicos.

Sin embargo, el Ejecutivo resolvió vetar únicamente el artículo referido a la delimitación de las futuras Zonas de Protección Ambiental Especial.

Los argumentos del veto

En los considerandos del decreto se incorporan informes técnicos elaborados por la Secretaría de Estado de Ambiente y por el Consejo Agrario Provincial.

Según esos organismos, el proyecto presenta "un grado elevado de indeterminación conceptual" y no define con suficiente precisión los criterios técnicos para delimitar las Zonas de Protección Ambiental Especial.

También advierten que la redacción aprobada no establece no especifica de manera clara si las denominadas Zonas de Protección Ambiental Especial (ZPAE) se ubicarían dentro de los ambientes glaciares y peri-glaciares o fuera de ellos. Esto genera cierta ambigüedad en la delimitación espacial y en el alcance de la medida propuesta. Por lo tanto “resulta necesario precisar su definición y localización a fin de evitar superposiciones normativas o interpretaciones divergentes en su aplicación”, afirma el decreto.

Qué cambia

La Legislatura había dispuesto que la autoridad de aplicación delimitara e individualizara catastralmente las Zonas de Protección Ambiental Especial en un plazo máximo de 90 días desde la reglamentación de la ley.

El texto alternativo impulsado por el Ejecutivo amplía ese plazo a 180 días e incorpora una etapa previa en la que deberán definirse técnicamente las nuevas categorías creadas por la ley y establecer criterios objetivos para su delimitación. También habilita mecanismos de coordinación institucional para garantizar seguridad jurídica y coherencia con el resto de la normativa ambiental vigente.

De esta manera, el Gobernador promulgó el resto del articulado sin modificaciones y la Ley 4003 quedó vigente con ese único cambio introducido mediante el veto parcial.

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