MUERTE DE ANTONIO RUEDA. Ordenan la excarcelación del agresor
Fue por resolución de Cámara, al no estar acreditada una relación entre las lesiones recibidas por Rueda con la causa de su muerte, ocurrida horas después en el SAMIC, en agosto del año pasado. Por tal motivo la caratula se cambió de Homicidio Agravado a Lesiones Simples Agravadas, que tiene una pena de hasta dos años.
La Cámara en lo Criminal de la Primera Circunscripción Judicial, con asiento en Río Gallegos acaba de ordenar la inmediata liberación de Jeremías Ezequiel Vera Oro, que estaba detenido desde hace más de un año, procesado por la muerte de Antonio Rueda (45 años).
Ésta ocurrió en la tarde del 17 de agosto de 2022 en el Hospital SAMIC, horas después de haber sido agredido por Vera Oro, en la vía pública en el barrio Las Piedras.
Ahora Calafate informó sobre ese hecho que se originó luego de una discusión. Ambos estaban alcoholizados y Rueda habría tocado los genitales de Vera Oro, quien reaccionó propinándole varios golpes de puño y patadas en diversas partes del cuerpo.
Rueda fue llevado al SAMIC por un familiar, mientras que el agresor fue aprehendido por la policía y momentos después quedó en libertad. Pero al desencadenarse la muerte de Rueda en el hospital, el Juez Narvarte ordenó la inmediata detención de Vera Oro, privado de su libertad desde entonces.
El juez lo procesó primero por “Homicidio Simple”, pero luego cambió la caratula a “Homicidio Agravado por Odio”, algo que había solicitado la querella. Narvarte consideró que el agresor había actuado con saña porque Rueda era homosexual, basándose en algunos testimonios que obran en la causa. Algo que el propio detenido negó en declaración indagatoria.
En desacuerdo con tal resolución estuvo el abogado de Vera Oro, el doctor Tomás Rodríguez, quien presentó el pedido de excarcelación argumentando que no existe “relación de causalidad” entre las agresiones de su defendido y la muerte de Rueda, quien tenía antecedentes cardíacos.
Ahora Calafate supo que los jueces de la Cámara consideraron los informes de dos médicos oficiales (dres. Echandi y Contreras) y un médico designado como perito de parte (Dr. Paz) quienes consignaron que no existe un “nexo causal” entre las lesiones sufridas por Rueda y su muerte. Además no pudo ser corroborada la situación de estrés generada por la agresión, y que fuera argumentada por el juez de Instrucción.
Por lo tanto el abogado del detenido solicitó la recalificación del hecho a Lesiones Leves Agravadas por Razones de Odio, de Género u orientación sexual". La fiscal de Cámara Dra. Valeria Zuvic no presentó objeciones al pedido del abogado defensor.
Sí lo hizo el Doctor Gabriel Giordano, abogado querellante (representa a la familia de Rueda), quien presentó un extenso escrito, el cual no torció el criterio de los jueces de Cámara.
La resolución ordena la inmediata liberación de Vera Oro, quien desde el año pasado estaba detenido en Caleta Oliva, y hace unas semanas fue trasladado a la Alcaidía de El Calafate.
Su procesamiento continúa. Pero como la nueva figura penal (el artículo 92 del Código Penal) establece una pena entre 6 meses y 2 años, en caso de ser condenado no volverá a la cárcel.
Fuentes consultadas por Ahora Calafate indican que la excarcelación concretará previa colocación de una tobillera, también ordenada por los jueces de la Cámara en los Criminal.
LA COBERTURA DE AHORA CALAFATE SOBRE ESTE CASO |
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